La prohibición del burka y el nicab en Lleida, ¿excepción o norma?

La prohibición del burka y el nicab en Lleida, aprobada por el consistorio con los votos del PSC —que tiene la alcaldía—, de Junts per Catalunya y de Vox dentro de la ordenanza de civismo y convivencia, sitúa a la capital del Segrià en el vértice de un debate que no solo es local, sino que debería abordarse en el Parlament de Catalunya. Es obvio que ese tema no es local y su legislación, en todo caso, debe ir más allá de un municipio u otro. Que dos partidos que ocupan la centralidad del país hayan introducido este debate, ni que sea por la puerta de atrás, es lo que introduce un elemento diferenciador respecto a otras situaciones.

También que Vox se sumara y que, en cambio, el Partido Popular votara en contra por considerar que las excepciones de la normativa eran demasiado flexibles. A ese voto en contra de los cinco concejales del PP se sumaron también, con argumentos diferentes, los cinco de Esquerra Republicana, que criticaron que se sancione a las mujeres que llevan el velo integral, y el único concejal de los Comuns en Lleida. En total, 16 votos a favor y 11 en contra. El acuerdo entre PSC y Junts —que tienen mayoría en el consistorio, 14 concejales de 27— prohíbe en su artículo 12 llevar en espacios públicos ropa que oculte el rostro y, aunque no nombra el burka ni el nicab, entrarían dentro de esta descripción. Lo considera una infracción leve, con multa prevista de 400 a 750 euros y un aviso antes de iniciar la sanción. Junts vinculó su apoyo a una moción para estudiar la instalación de la medida en baños y duchas públicos.

Es obvio que ese tema no es local y su legislación, en todo caso, debe ir más allá de un municipio u otro

Como que la ordenanza es una aprobación inicial, vamos a ver qué sucede en el resto de la tramitación antes de ser aplicada. Y veremos también qué queda después del titular que, sin duda, se ha hecho un hueco en los titulares de los medios de comunicación. También habrá que esperar a conocer si es recurrido, porque en 2013 el Tribunal Supremo ya anuló una iniciativa similar por entender que limitaba un derecho fundamental, aunque ahora se ha corregido notablemente el texto. Hay, sin embargo, una precisión jurídica importante en este debate: el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha avalado las prohibiciones francesa y belga frente a los recursos que examinó. Eso indica que una ley estatal de este tipo puede ser compatible con el convenio europeo. Otra cosa es intentar imponerlo mediante una ordenanza municipal, como es el caso de Lleida.

En estos momentos, además de Francia y Bélgica, mantienen una prohibición general en espacios públicos en Dinamarca, Suiza, Austria y Bulgaria. Países Bajos aprobó una prohibición parcial y, en julio de este año, Portugal aprobó un proyecto para prohibir cubrirse el rostro en espacios públicos, pero la votación parlamentaria necesita el refrendo del presidente de la República. Hay otro elemento importante en este debate que Lleida ha puesto encima de la mesa: los cinco Estados que tienen una prohibición general tienen al frente primeros ministros socialdemócratas y, en el caso de Suiza, además, la prohibición fue aprobada también en referéndum.