La campaña de la renta 2020 ya está en marcha. A partir de este miércoles 7 de abril y hasta el próximo 30 de junio se podrá presentar la declaración a través de la vía electrónica, que incluye los diferentes canales que dispone la Agencia Tributaria como en su página web o su aplicación móvil.

Ahora bien, la vía telemática no es la única que pone la Agencia Tributaria a disposición de los contribuyentes, pero, de momento, es la única que está activa. Si se quiere hacer la declaración por vía telefónica o de forma presencial, se tendrá que esperar hasta el seis de mayo o hasta el dos de junio respectivamente.

Para presentar la renta por internet nos tenemos que dirigir a la página web de la Agencia Tributaria y dirigirnos al apartado de la campaña de la renta 2020. Una vez allí, el primero que tenemos que hacer es dirigirnos al enlace que dice "Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)", y cliquear.

Una vez dentro, nos pedirá que nos identifiquemos. Aquí hay dos opciones, la primera a través de nuestro número de DNI, NIE o Cl@ve PIN y la segunda a través de un certificado de DNI electrónico. En caso de acceder por primera vez a la declaración se tendrá que ratificar o modificar su domicilio fiscal.

Una vez superamos esta página nos tendremos que dirigir a la sección "Borrador/Declaración (Renta WEB)". Una vez allí, en primer lugar podremos ver nuestros datos personales y familiares y si ya hemos presentado o guardado una declaración con anterioridad se nos dará la opción de cargarla o, por el contrario, si queremos hacer una desde cero.

En caso de que el usuario quiera presentar o comparar el resultado y/o realizar cálculos de su declaración en otra modalidad, como por ejemplo la opción de hacerla conjunta, el usuario tendrá que aportar el número del DNI o Cl@ve PIN de su cónyuge. Acto seguido, si el usuario tiene que aportar información adicional a los datos fiscales, la misma aplicación nos mostrará un aviso.

 

Una vez hechos todos estos trámites, nos aparecerán en la pantalla de resumen de declaraciones los datos trasladados por la Agencia Tributaria, junto con el resto de datos de nuestra declaración.

Aparte, si dentro de nuestros datos fiscales hay operaciones con valores, se activará una nueva aplicación denominada "Cartera de valores". Ahora bien, dentro de esta aplicación hay gastos que no se pueden trasladar, si este fuera el caso, el usuario tendrá que complementar la información de manera manual.

Acto seguido, nos tendremos que dirigir al enlace "Ver datos trasladados", donde se podrán comprobar las notas de la incorporación de datos y la información de todos los declarantes, en caso de que sea conjunta. En esta misma pestaña también se pueden revisar los datos que se han incorporado a la declaración y también se pueden consultar e imprimir aquellos datos que no han sido trasladados. En este punto, si hay datos que la Agencia Tributaria no ha trasladado el usuario las tendrá que introducir manualmente.

Dentro de esta pestaña, este año la Agencia Tributaria ha añadido una novedad, y es que se podrán importar, vía Excel, los libros de registro del IRPF dentro del apartado "Rendimientos de Actividades Económicas en Estimación Directa".

Validación de la renta

Una vez hayamos llenado todas las casillas, se tendrá que validar la declaración y en caso de que haya errores o algún aviso, la página web nos lo hará saber y, si hay algún tipo de error, se tendrá que corregir. En caso de que la página nos alerte de algún aviso, solo hará falta comprobarlos y guardar la declaración.

En este punto podremos comprobar el resultado de nuestra declaración después de todas las modificaciones dirigiéndonos al "Resumen de Declaraciones". Una vez hayamos comprobado la declaración ya se puede presentar e indicar qué tipo de declaración queremos hacer. Finalmente, si el resultado es una devolución, habrá que indicar el IBAN donde se quieren recibir el dinero.

¿Ahora bien, qué pasa si el resultado nos sale a pagar? En primer lugar la Agencia Tributaria nos ofrecerá dos opciones, pagar de manera fraccionada o domiciliar todo el importe de golpe. Después de eso, se tendrá que cliquear el botón "aceptar" y ya habremos enviado nuestra declaración.