El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies elabora una nueva orden que regulará la figura del asistente personal para personas con discapacidad física o sordoceguera. El objetivo es reforzar, flexibilizar y dignificar este servicio con un nuevo modelo que supere las carencias de la normativa actual y suponga el impulso de esta figura profesional.

El Departament de Treball, Afers Socials i Famílies ha presentado una nueva regulación de esta figura profesional, en colaboración con el sector de la discapacidad física

A pesar de estar contemplada en la ley de la dependencia, sólo una sesentena de los beneficiarios del sistema disponen hoy en día de un asistente personal. Es, pues, una figura infrautilizada que la Generalitat quiere potenciar. Las novedades principales que incorporará el modelo catalán hacen referencia, por una parte, al empoderamiento de las personas con discapacidad y, por otra, a la dignificación de las condiciones laborales de estos profesionales.

"La asistencia personal es una apuesta clara para promover la autonomía personal y trabajar en todas las alternativas a la institucionalización, porque creemos firmemente que tenemos que promocionar las capacidades de las personas de acuerdo con su proyecto de vida", explicó el conseller de Treball, Afers Socials i Famílies, Chakir el Homrani, durante la presentación de esta iniciativa.

Despliegue progresivo a partir de 2020

El despliegue del asistente personal se hará de forma progresiva, empezando en el 2020 con las personas con discapacidad física y sordoceguera de entre 6 y 64 años que hayan sido valoradas con un grado III de dependencia. El año siguiente se ampliará a aquellas personas que hayan sido valoradas con un grado II.

La asistencia personal es un servicio a la persona con discapacidad física o sordoceguera que necesita el apoyo de alguien para realizar las actividades que haría en ausencia de limitaciones funcionales, que le permite disfrutar del máximo nivel de autonomía en el desarrollo de su proyecto de vida y le facilita el ejercicio de la autodeterminación.

En este servicio es la persona con discapacidad a quien decide cuándo, cómo y en qué actividades de su vida hará uso de este servicio. Todo eso comporta un servicio muy flexible, adaptado a las necesidades cambiantes y que prioriza la libertad de decidir, la independencia y la capacidad de improvisación por parte de la persona con discapacidad.

La asistencia personal está orientada a cubrir las necesidades personales en cualquier ámbito de la vida. Las acciones que puede cubrir son muy diversas y están determinadas por el proyecto vital de la persona que la recibe. En este sentido, las acciones en que un asistente personal presta apoyo están relacionadas con la higiene personal, la alimentación, las relaciones sociales, la familia, la educación, la formación, el trabajo, la participación ciudadana, el ocio u otros.

Dotación económica

El Departament ha trabajado con la federación de entidades ECOM en una regulación propia que supere las limitaciones que tiene este servicio tal como queda recogido en la ley de la dependencia. Los avances se centran tanto en la flexibilización y las horas de atención, como en las condiciones laborales y formativas del asistente personal.

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva orden hace referencia a la dotación económica de este servicio, que triplicará los importes actuales. En este sentido, el marco normativo vigente una persona con dependencia puede percibir hasta 715 euros mensuales para contratar a un asistente personal. El modelo catalán ampliará esta cantidad hasta los 2.520 euros en el mes, por unas 140 horas de asistencia como máximo. Si se requiere menos apoyo, el importe se reducirá proporcionalmente a las horas contratadas con un coste de referencia de 18 euros/hora.

La persona beneficiaria recibirá hasta 2.520 euros mensuales para contratar a un asistente personal

La financiación pública de este incremento será a cargo de la Generalitat de Catalunya, dado que el Gobierno seguirá aportando únicamente 190,3 euros por una persona con dependencia de grado III, o 84 euros para las valoradas con un grado II.

Formación y conocimientos de los asistentes personales

En relación a la formación de las personas que quieran dedicarse a la asistencia personal, la ley de la dependencia no ha desplegado nunca una formación específica para esta figura. En cambio, exige conocimientos que se centran en el ámbito sanitario. La nueva orden pondrá fin a esta carencia. En este sentido, las personas que quieran formarse como asistentes personales tendrán que seguir un curso de capacitación de 50 horas en que se trabajarán aspectos como los derechos de las personas con discapacidad, la comunicación, las ayudas técnicas y cuidados básicos, las movilizaciones, etc.

Hay que destacar que la asistencia personal es muy heterogénea, ya que el perfil de personas que atiende y las necesidades que presentan también es diverso. Es por eso que el criterio de idoneidad a la hora de contratar lo fijará la persona usuaria, que escogerá al profesional con las capacidades, los conocimientos o la titulación específicos que más convenga de acuerdo con su proyecto de vida.

Asistencia personal para personas con discapacidad intelectual

Además, el Departament pondrá en marcha el próximo año a un plan piloto de asistencia personal para personas con discapacidad intelectual. Se diseñará con DINCAT -la federación que agrupa 300 entidades sociales que ofrecen apoyo a las personas con discapacidad-, tendrá una duración de dos años y se llevará a cabo en varios lugares del territorio, tanto en entornos rurales como urbanos.