Actualmente las personas con discapacidad auditiva o visual no pueden ser testigos en ningún testamento, a menos que sean capaces de escribir, así como tampoco se les permite hacer testamento con la máxima privacidad, ya que la ley les obliga a aportar testigos.

Ante esta situación, el Govern ha decidido impulsar la modificación del Código Civil de Catalunya para resolver este problema y eliminar las discriminaciones a los testadores que sufran una discapacidad visual o auditiva.

Con estos cambios normativos, Catalunya se convertirá en pionera en el Estado español al eliminar las discriminaciones en este ámbito

A finales del pasado mes de junio, el Consejo Ejecutivo aprobó el Proyecto de ley de modificación del Código Civil de Catalunya para poner fin a esta discriminación.

Hasta ahora, el objetivo era proteger a las personas con discapacidad sensorial de posibles fraudes y de abusos de terceros. Pero ahora, con la evolución de las tecnologías y de los instrumentos al alcance de las personas con discapacidad auditiva y visual, las restricciones han quedado obsoletas.

Lo que antes protegía ahora discrimina y vulnera la intimidad de los testadores

Los programas lectores de pantalla o los dispositivos de línea braille por ordenador permiten superar las carencias sensoriales y proporcionan una fiabilidad y seguridad jurídica equivalente a la de cualquier persona sin discapacidad. Por lo tanto, lo que antes protegía ahora discrimina y vulnera la intimidad de los testadores.

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Con este cambio normativo, el Departament de Justícia atiende tanto la reivindicación de las personas con discapacidad sensorial como una resolución aprobada por el Parlament en febrero de 2017 que instó al Govern a impulsar los cambios legislativos necesarios para eliminar estas discriminaciones.

El nuevo Proyecto de ley, que tiene que empezar su tramitación parlamentaria, también incorpora más sensibilidad en el lenguaje para luchar contra la estigmatización de las personas que sufren algún tipo de discapacidad. Con este objetivo, se suprimen las expresiones recogidas en el Código Civil de Catalunya que identifican a las personas como "sordas", "ciegas" o "mudas", y se sustituyen por el término "personas con discapacidad sensorial, visual o auditiva".

El Proyecto de ley modifica cuatro artículos del libro cuarto del Código Civil de Catalunya, relativo a las sucesiones. De esta manera, se alinea con la Convención de las Naciones Unidas de 2006 de Nueva York en materia de derechos de las personas con discapacidad y con la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. La iniciativa se suma a la enmienda del libro segundo del Código Civil de Catalunya para proteger el derecho al voto de las personas con discapacidad, aprobada la anterior legislatura.

Una comisión que introducirá la visión de género

El Departamento de Justicia renovará la Comisión de Codificación, tal como está previsto en cada inicio de legislatura, y lo hará plenamente de acuerdo con los criterios de paridad. Entre los objetivos de esta comisión estará la introducción de la visión de género al Código Civil de Catalunya.

La Comisión de Codificación es la encargada de diseñar, desarrollar y revisar el derecho civil propio de Catalunya. Todas las leyes que conforman el Código Civil han sido elaboradas por la Comisión de Codificación, que está formada por expertos juristas, como académicos, notarios, registradores y abogados de reconocido prestigio. La presidenta del pleno de este órgano, que se renueva anualmente, es la consellera de Justicia, y el vicepresidente es el director general de Derecho y de Entidades Jurídicas.

En febrero de 2017 el Parlamento aprobó la Ley del libro sexto, que dejaba prácticamente completada la regulación catalana del derecho civil. Desde entonces, Catalunya dispone de un cuerpo legal que regula la gran mayoría de los aspectos propios del ámbito privado de las personas físicas y jurídicas. El Código Civil catalán es norma de aplicación principal y convierte el Código Civil español en una norma de aplicación subsidiaria en Catalunya.

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