La Audiencia Nacional ha suspendido cautelarmente la liquidación de 120,3 millones de euros que se impuso a Repsol por el impuesto energético correspondiente a 2024. Esta medida se suma a la suspensión temporal de otros 152,4 millones del ejercicio de 2023, que suman 272,7 millones.
Esta resolución judicial, fechada el pasado 28 de septiembre, responde a la solicitud de la compañía para paralizar la ejecución de una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que el 9 de julio desestimó su reclamación contra la liquidación correspondiente a 2024. La cantidad exigida por la Agencia Tributaria asciende a los mencionados 120,3 millones de euros.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha acordado la suspensión después de que la Abogacía del Estado no se opusiera a la petición de Repsol. El tribunal considera que, ante la ausencia de oposición y tras analizar las circunstancias del caso, procede suspender la ejecución del acto impugnado.
La medida está condicionada a la suficiencia del aval bancario presentado por la energética, que debe cubrir el principal de la deuda, los recargos y los intereses de demora que puedan generarse. Para comprobar que la garantía cumple los requisitos, la Audiencia Nacional ha solicitado un informe a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), según avanzó eleconomista.es.
La decisión sobre 2024 se suma al auto del 24 de junio de 2026, por el que la Audiencia Nacional suspendió cautelarmente el cobro de otros 152,4 millones de euros correspondientes al ejercicio de 2023.
En aquel procedimiento, el tribunal señaló que exigir el pago inmediato de una cantidad superior a 152 millones de euros podía comprometer la finalidad legítima del recurso, ya que una eventual sentencia favorable a Repsol no eliminaría por completo los perjuicios derivados del desembolso.
Aunque ambas resoluciones permiten aplazar el pago de las liquidaciones, su fundamentación presenta diferencias. Mientras que el auto relativo a 2023 destacó el riesgo de que el desembolso anticipado perjudicara a la compañía, el de septiembre de 2026 se apoya en la ausencia de oposición de la Abogacía del Estado y en las circunstancias del caso.
En ambos procedimientos, los avales bancarios garantizan las cantidades reclamadas mientras se resuelven los recursos. Las suspensiones no anulan las liquidaciones ni implican que Repsol haya ganado los litigios contra Hacienda: únicamente paralizan temporalmente su ejecución.
Repsol cuestiona la legalidad del gravamen
La compañía busca ahora que los tribunales anulen definitivamente las liquidaciones. Sus argumentos se centran en la posible inconstitucionalidad del gravamen y en su adecuación a la normativa europea.
El Reglamento (UE) 2022/1854 contemplaba una contribución solidaria temporal destinada a gravar los beneficios extraordinarios obtenidos por determinadas empresas energéticas durante la crisis. Sin embargo, España estableció una prestación del 1,2% sobre el importe neto de la cifra de negocios generada en el país durante el ejercicio anterior, con determinadas exclusiones.
Repsol sostiene que este diseño grava los ingresos con independencia de los beneficios obtenidos, por lo que una empresa puede tener que pagar incluso cuando determinadas actividades registran pérdidas. A su juicio, esta fórmula podría vulnerar el principio constitucional de capacidad económica y la prohibición de confiscatoriedad recogidos en el artículo 31.1 de la Constitución.
La energética también cuestiona el carácter discriminatorio del gravamen, que afectaba a determinados operadores con una facturación superior a los 1.000 millones de euros en 2019, y denuncia una posible doble imposición por su coexistencia con el Impuesto sobre Sociedades.
El gravamen se aprobó mediante la Ley 38/2022 para contribuir a financiar las medidas adoptadas frente a la crisis energética y la inflación provocadas por la invasión rusa de Ucrania. Su aplicación inicial abarcaba los ejercicios de 2023 y 2024 e incluía a las principales compañías de los sectores eléctrico, gasista y petrolero. Desde su aprobación, el tributo generó una fuerte oposición empresarial.