La Comisión Europea ha multado con 329 millones de euros a Glovo y Delivery Hero por violar las reglas de competencia, incluido pactos para repartirse el mercado. En concreto, Bruselas impone una sanción de 105,7 millones de euros a Glovo y de 223,3 millones de euros a Delivery Hero, según ha informado la institución comunitaria en un comunicado. Ambas multas llevan incluida una reducción del 10% porque las dos empresas implicadas reconocieron durante la investigación las prácticas ilegales.
La Comisión Europea considera que han cometido prácticas abusivas como el intercambio de información sensible o pactos para no contratar empleados de la otra firma o repartirse los mercados dentro del espacio económico europeo. Bruselas sitúa el inicio del cártel entre dos de las principales marcas del sector del reparto de comida a domicilio en julio de 2018, cuando Delivery Hero adquirió una parte minoritaria de Glovo, y establece que las prácticas dejaron de ser punibles en julio de 2022, cuando Delivery pasó a tener el control total de la compañía española.
La Comisión les acusa de haber retirado "progresivamente" durante ese periodo de cuatro años las "restricciones competitivas" que existían entre las dos empresas para reemplazarlas "por una coordinación anticompetitiva de múltiples capas".
Tres infracciones
Tres son las infracciones por las que la Comisión Europea castiga a las dos empresas, pertenecientes al mismo grupo empresarial:
No quitarse personal. Cláusulas recíprocas para impedir que una compañía reclutara personal de la otra firma; un pacto que inicialmente abarcaba unas categorías concretas de empleados, pero que después se fue ampliando hasta tener un impacto generalizado sobre casi la totalidad de la plantilla.
Información sensible. La segunda acción punible se refiere al intercambio de información sensible como políticas de precios, estrategias de venta, costes o capacidad de producción, con el objetivo de "alinear" sus dinámicas y poder así "influir" en los mercados europeos de la distribución de comida a domicilio.
Dividirse el mercado comunitario. La tercera práctica detectada y castiga por Bruselas son acuerdos para dividirse los mercados nacionales de la venta online de alimentos en el Espacio Económico Europeo (EEE). Pactos que prohibían la entrada de alguna de las dos empresas en los respectivos mercados nacionales o coordinando la entrada en otros en los que hasta ese momento ninguna de las dos tenía presencia.
El Ejecutivo comunitario resaltó que, aunque adquirir una participación minoritaria en otra empresa "no es ilegal en sí mismo", en este caso dicha participación "facilitó unos contactos anticompetitivos entre dos compañías rivales a varios niveles". Así, Delivery Hero se valió de su presencia en la junta directiva de Glovo para influir en las decisiones de la segunda compañía y facilitar el intercambio de información sensible, que iba desde estrategias comerciales, políticas de precios, estructura de costes y características de los productos.
Teresa Rivera
"Este caso es importante porque se facilitaron estas prácticas a través de una utilización anticompetitiva de la posición minoritaria de Delivery Hero en Glovo", destacó la vicepresidenta de la Comisión Europea responsable de la cartera de Competencia, Teresa Ribera, en rueda de prensa. Rivera también ha resaltado que es la primera vez que el Ejecutivo comunitario sanciona un acuerdo entre empresas para no atraer a trabajadores de manera recíproca, una práctica que "impide competir por el mejor talento y reduce las oportunidades para los trabajadores".
En un comunicado, Delivery Hero confirmó que ha admitido el comportamiento ilegal ante la Comisión Europea y recordó que ya había provisionado 400 millones de euros por la investigación relacionada con este caso. La compañía apuntó que la multa final es "casi un 20% menor de lo anticipado" porque "refleja, entre otras cosas, que la Comisión reconoció una intensidad inferior de las cuestiones investigadas en algunos periodos".
En esta línea, la multinacional remarcó que la provisión restante "será liberada y normalizada mediante ajustes de gestión y sin impacto en el ebitda (beneficio bruto de explotación) ajustado del periodo".