La Comisión Europea ha decidido intensificar la presión sobre España por la aplicación de las reglas comunitarias en materia de eficiencia energética. Bruselas ha enviado un dictamen al gobierno español, un paso que equivale a la segunda fase de un expediente de infracción y que abre la puerta a un eventual recurso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea si no se corrige la situación dentro del plazo establecido de dos meses. En caso de que España no complete la incorporación de la normativa a su legislación en este periodo, Bruselas podrá decidir llevar el caso ante el TJUE y solicitar la imposición de sanciones económicas contra el Estado. Estas sanciones, en caso de producirse, podrían consistir en una suma fija y en una multa coercitiva por cada día de retraso en el cumplimiento de las obligaciones comunitarias.
El caso español no es un fenómeno aislado. La Comisión mantiene abierto el mismo expediente contra Grecia, Italia y Malta, países que también han incumplido el plazo para trasladar plenamente la directiva a sus legislaciones. El plazo general expiró el 11 de octubre de 2025, aunque algunas disposiciones concretas tenían fechas límite diferentes. Antes de llegar a esta fase, Bruselas ya había enviado cartas de emplazamiento a 26 Estados miembros por no haber incorporado plenamente la directiva. Estas cartas son el primer paso del procedimiento de infracción y tienen como objetivo dar al país afectado la oportunidad de explicar su situación y de corregir las carencias detectadas.
Una vez examinadas las medidas adoptadas y las explicaciones remitidas por las autoridades de cada Estado, la Comisión concluyó que España, Grecia, Italia y Malta continuaban sin completar la transposición. Por este motivo, envió a los cuatro gobiernos sendos dictámenes motivados en los que identifica las disposiciones que considera todavía pendientes. El hecho de que los cuatro países hayan recibido los requisitos a la vez indica que la Comisión quiere aplicar un criterio uniforme y evitar diferencias de trato entre Estados que se encuentran en una situación similar.
¿Qué contiene la normativa europea?
La normativa objeto del expediente no se limita a un aspecto concreto de la política energética. La directiva fija objetivos para reducir el consumo energético y aumentar el ahorro, y también prevé medidas para hacer frente a la pobreza energética y para mejorar la eficiencia de las administraciones y de los edificios públicos. Se trata, por tanto, de un texto con un alcance amplio, que afecta tanto al sector privado como al sector público y que tiene implicaciones directas sobre las políticas que los Estados miembros deben desplegar en los próximos años. Los objetivos que establece la directiva requieren una adaptación normativa que vaya más allá de la simple transposición formal. Los países deben crear mecanismos de control, establecer herramientas de medición y disponer de los recursos necesarios para que los objetivos se puedan cumplir de manera efectiva. Esta complejidad explica, en parte, por qué algunos Estados han tenido dificultades para completar la transposición dentro del plazo previsto.
El procedimiento que ha llevado a este dictamen motivado sigue una secuencia regulada por el derecho comunitario. El primer paso es la carta de emplazamiento, en la que la Comisión comunica al país afectado su preocupación y le pide información sobre las medidas adoptadas. Si la respuesta no es satisfactoria, el ejecutivo comunitario puede enviar un dictamen motivado, que es la fase en la que se encuentra ahora España. El dictamen motivado establece un plazo para que el país corrija la situación.
En este caso, el plazo es de dos meses. Si el país no cumple dentro de este periodo, la Comisión puede decidir llevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En esta instancia, el tribunal puede imponer sanciones económicas, que tienen como objetivo presionar al país para que cumpla sus obligaciones comunitarias. Este procedimiento es habitual en el ámbito comunitario y se aplica a cualquier incumplimiento del derecho de la Unión. Su función es garantizar que las normas aprobadas por las instituciones europeas se apliquen de manera uniforme a todos los Estados miembros y que no haya países que queden al margen del cumplimiento de las obligaciones comunes.
