Las pensiones no contributivas abonadas por el Imserso están reguladas en la ley de la Seguridad Social y aseguran a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez y en estado de necesidad, una prestación económica que puede llegar hasta un máximo de 10.875,9 euros anuales en 2024, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios. Una cantidad que se eleva en caso de que en la unidad familiar haya más de dos personas en la unidad familiar. Estas pensiones se financian por la Seguridad Social con dinero que se adjudica en los Presupuestos Generales del Estado.

Las pensiones de jubilación y de invalidez no contributivas son incompatibles entre sí, con las pensiones asistenciales, con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, ni con la asignación económica por hijo a cargo mayor de 18 años. Sin embargo, la modalidad de invalidez no contributiva es compatible con el salario por trabajo hasta un límite de 14.450,60 euros anuales, limité que se obtiene de la suma de la cuantía de la pensión no contributiva, más el indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM). Si se supera dicha cantidad, la pensión se minora para no sobrepasar el límite establecido.

¿Quiénes tienen derecho?

Los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España, que cumplen los siguientes:

Carecer de ingresos suficientes. La Seguridad Social entiende por carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 7.250,60 euros anuales. En el caso de convivencia con el cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado, el límite de los ingresos de los miembros de la unidad familiar se eleva a 12.326 cuando haya 2 convivientes; a 17.401,44 euros si son 3 y 22.476,86 euros si son 4 o más. Pero si entre los parientes consanguíneos hay hijos o padres, los límites de ingresos anuales se elevan a 30.815 euros si la unidad familiar la configura 2 convivientes; a 43.503 y a 56.192 euros si son 4 o más.

Existe unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado (el parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante).

Pensión no contributiva de jubilación. Tener 65 o más años, residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de solicitud de la pensión, de los que 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Pensión no contributiva de invalidez: Tener una edad entre 18 y 65 años, residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los que 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud y tener una discapacidad reconocida de grado igual o superior al 65%.

¿Cuánto dinero se cobra en 2024?

La cuantía anual integra establecida para las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas en 2024 asciende a 7.250,60 euros anuales. La cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establece, en función de sus rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia; no pudiendo ser inferior a la mínima del 25%, 1.812,65 euros anuales. Los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 7.250,60 euros anuales, fijado en 3.625,30 euros anuales, lo que eleva los ingresos anuales a 10.875,9 euros.

Si la persona con derecho a esta pensión convive con otras personas, la cuantía íntegra individual para cada uno de los convivientes se eleva de forma individual dependiendo del número de convivientes: en 6.163 euros si hay un segundo conviviente; 5.800,5 por cada uno si hay 2 y 5.619 euros si son 3 o más, los beneficiarios añadidos.

¿Cuáles son las obligaciones de los beneficiarios?

En caso de variaciones personales. Comunicar en el plazo de 30 días al organismo que gestiona su pensión las variaciones en su convivencia, estado civil, residencia, recursos económicos propios y/o familiares, y cuantas otras puedan tener incidencia en la conservación del derecho o en la cuantía de su pensión

Declaración de sus rentas. El beneficiario de la pensión no contributiva del Imserso está obligado a presentar en el primer trimestre del año una declaración de sus rentas o ingresos y del resto de los miembros de la unidad familiar de convivencia a través de un formulario que le remita el órgano gestor. Conforme a los datos declarados por los pensionistas y los disponibles por la Administración, se procede a la regularización anual de los importes. Así, este año se ha incrementado un 6,9% (con un 3,4% de inflación media anual en 2023) y el 15% en 2023 (con una inflación media anual del 8,4%). Si la revisión diera lugar a la modificación de la cuantía actualizada inicialmente, deberá devolver lo cobrado de más.

¿Dónde gestionar la pensión no contributiva del Imserso?

El reconocimiento del derecho y la gestión de la pensión se tramita las comunidades autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y, en Ceuta y Melilla, se encarga directamente el organismo estatal. Las pensiones no contributivas se financian con cargo al presupuesto del Estado, mediante transferencias de crédito al de la Seguridad Social.

La solicitud de pensión puede presentarse por medios electrónicos o en formato papel, en las oficinas de los órganos gestores de las comunidades autónomas, en las del Imserso o en el registro electrónico de cualquier órgano de la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, de la Administración Local y del sector público institucional, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España y en las oficinas de asistencia en materia de registro.