Un año más volvemos a tener la declaración de renta aquí. Y como cada año, llega con novedades que hay que conocer, vamos a ver las principales:

La primera es el límite de ingresos de quien está obligado a presentarla. Lo tiene que presentar todo el mundo que su sueldo bruto sea superior a 22.000 eur. El límite de quien tenga ingresos procedentes de más de un pagador sube de 15.000 eur. a 15.876 con consonancia con el incremento del salario mínimo interprofesional, todo eso siempre que la suma de las cantidades cobradas del segundo y restantes pagadores no supere la cantidad de 1.500 eur. Recordamos que cobrar del paro se considera como un pagador. También lo tendrán que presentar todos aquellos que perciban el Ingreso Mínimo Vital y todo el mundo que trabaje por cuenta propia, es decir, todos los autónomos. Finalmente, y como decisión de última hora, no estarán obligados a presentarla a aquellos beneficiarios de que cobren única y exclusivamente prestaciones de desempleo.

La segunda es la forma de pago, hasta ahora lo podíamos hacer mediante domiciliación bancaria, cargo en cuenta o a través de las oficinas bancarias, esta campaña se añaden el pago por Bizum y el pago con tarjeta de crédito.

La tercera es por los afectados por la DANA que estarán exentos de tributar las ayudas recibidas por este concepto.

Hasta aquí alguna de las novedades, en un próximo vídeo acabaremos de explicar las que restan. ¡Así que, estate atento!