Ya se puede pedir la ayuda de 200 euros para hogares con rentas bajas. La subvención, que se tiene que tramitar a través de la Agencia Tributaria, es una de las medidas aprobadas por el Gobierno para aliviar los efectos económicos derivados de la invasión rusa de Ucrania. El gobierno de Pedro Sánchez prevé destinar 540 millones a las ayudas a las personas con menos ingresos. De esta forma, desde la Moncloa calculan que un total de 2,7 millones de personas se beneficiarán. La ayuda, en forma de pago único, se podrá tramitar hasta el 30 de septiembre.

La contribución económica del Estado está destinada a trabajadores, autónomos y parados con ingresos bajos y que no cobren ninguna pensión de régimen general, especiales o de clases pasivas de la Seguridad Social. Concretamente, los trabajadores tienen que estar apuntados en la Seguridad Social y las personas sin trabajo, cobren o no el paro, tienen que estar apuntadas en las Oficinas de Empleo.

Además, todos aquellos interesados a recibir los 200 euros tienen que disponer de residencia legal y efectiva en España en el momento en que entró en vigor el real decreto (27 de junio) y de forma continuada e ininterrumpida durante al menos un año.

Otro requisito es que los ingresos del año 2021 del solicitante tienen que ser inferiores a los 14.000 euros en el conjunto de la unidad familiar (contando todas las personas que convivan en el domicilio el 1 de enero del 2022 con que estén casadas o con una relación de parentesco de hasta tercer grado de más de 2 años). Cabe decir que también se tendrán en cuenta los ingresos de las personas que estén en situación de adopción o acogimiento. Y el patrimonio tiene que estar por debajo de los 43.196,40 euros anuales, descontando la vivienda habitual.

Tampoco pueden pedir la ayuda todas aquellas personas que reciban alguna prestación, como el ingreso mínimo vital o las pensiones de jubilación o invalidez.

¿Cómo se pide la ayuda?

La persona interesada se tiene que dirigir a la Agencia Tributaria mediante su web o acudiendo presencialmente antes del 30 de septiembre. La tramitación de la prestación económica tiene que incluir el número de cuenta donde se hará el ingreso en caso de ser aceptada. La Agencia Tributaria no confirmará la aceptación o la denegación. Si en tres meses no se ha cobrado la ayuda, puede considerarla no aceptada.

Con todo, los 200 euros se piden a través del formulario web de la Agencia Tributaria. Hace falta disponer de certificado electrónico o disponer del sistema Clave, que se puede pedir por internet. En el momento de la petición no hay que presentar ningún documento más. Solo hace falta indicar los NIF del solicitante y los convivientes y aportar un número de cuenta.