La Audiencia de Barcelona ha confirmado la absolución del expresidente del Barça Sandro Rosell por un delito fiscal en el ejercicio 2012, según una resolución avanzada este martes por La Vanguardia y facilitada por el TSJC.  La titular del juzgado de lo Penal 3 de Barcelona dictó, el septiembre pasado, la absolución de Rosell. La Fiscalía y la Abogacía del Estado presentaron recurso contra la absolución del exdirectivo azulgrana al asegurar que la magistrada no había motivado lo suficiente la resolución y no tenía en cuenta las pruebas aportadas en el juicio

La Fiscalía pedía 2 años y 9 meses de prisión para Rosell por haber defraudado más de 230.000 euros a Hacienda en el 2012. La tesis de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado es que Sandro Rosell realizó una "simulación fiscal" y tributó por el impuesto de Sociedades, a través de la empresa TOC SLU, un trabajo de asesoramiento, ingresos que tendrían que haber tributado con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) con una cuota más elevada.

En la resolución, la sección 8.ª de la Audiencia de Barcelona mantiene el criterio de la magistrada del Penal, que esta actuación de Rosell no es delictiva, ya que no escondió la cuota. El verano del 2019, Rosell ingresó en las arcas públicas, la cuota defrauda más los intereses, y la Fiscalía le rebajó la petición de castigo al considerar que había reparado el daño.

Ningún simulacro fiscal

En la resolución, la sección 8.ª de la Audiencia de Barcelona mantiene el criterio de la magistrada del Penal, que esta actuación de Rosell no es delictiva, porque no escondió la cuota impositiva, El tribunal añade que "desde el año 2012, el criterio de la Agencia Tributaria es que a la sociedad que desarrollan una actividad profesional que descansa en las capacidades profesionales del socio, lo trascendente es la actividad de este profesional".

 

 

Además, el tribunal sostiene que el delito de fraude fiscal persigue a "quien declare mal o tociteramente los datos que tienen que servir para la liquidación del importe", hecho, que según su opinión, no ocurrió en el caso de Rosell.

Tercera absolución

Es la tercera absolución de Sandro Rosell, defendido por Pau Molins, en los tribunales. El diciembre pasado, la sección 6.ª de la Audiencia de Barcelona absolvió Rosell, Bartomeu Muñoz y Neymar por la contratación del jugador brasileño. Y, en abril del 2019, el expresidente azulgrana fue absuelto de organización criminal y blanqueo de capitales por la Audiencia Nacional, después de pasar cerca de dos años en prisión preventiva, acusado de ayudar a blanquear comisiones por la retransmisión de partidos de la selección brasileña de fútbol y por el contrato de esponsorización con Nike.