Es la cuenta atrás. El próximo martes, 5 de abril, la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) celebrará la vista en que se expondrán las respuestas a las cuestiones prejudiciales planteadas por el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que persigue que ningún estado de la UE le pueda cuestionar la entrega de los exiliados catalanes, con el presidente Carles Puigdemont al frente, para juzgarlos por sedición por impulsar la independencia de Catalunya. LLarena presentó estas preguntas ante la negativa de los tribunales belgas, en enero de 2021, a entregar al conseller de Cultura, Lluís Puig. El TJUE no tomará ninguna decisión hasta dentro de unos meses. Primero, el abogado general de la Unión Europea, que en este caso será el francés Jean Richard de la Tour, emitirá su informe, que marcará el sentido de la resolución final. La vista (con el número C-158/21) será una confrontación jurídica sobre la interpretación de derechos fundamentales, la seguridad y  la justicia.

La sesión empezará a las 9 de la mañana y cada parte tendrá 10 minutos para exponer su posicionamiento al tribunal, formado por quince jueces, con Koen Lenaerts de presidente. La mayoría de las partes ya han presentado amplios escritos jurídicos al tribunal. Los participantes se pueden dividir en dos grandes bloques: los defensores del posicionamiento de Llarena, que son el ministerio fiscal, la abogacía del Estado, representada por la nueva abogada, Andrea Gavela, y Vox, partido ultraderechista, que no ha presentado su posicionamiento escrito (por eso se le da 15 minutos), además de los países de Polonia y Rumania. Por la otra parte, están los que aglutinan la visión más progresista, con Bélgica y el exilio. El equipo de Gonzalo Boye, Isabel Elbal y Simon Bekaert, expondrán la opinión de Lluís Puig, Carles Puigdemont, Clara Ponsatí y Toni Comín. El penalista Andreu van den Eynde versarà el posicionamiento de la republicana Marta Rovira, y el abogado Benet Salellas, el de Anna Gabriel, de la CUP. La actual diputada de ERC Meritxell Serret también estaba personada, pero al volver al Estado español, y con el juicio pendiente por desobediencia en el TSJC, es previsible que su abogado no se persone. Además, también habrá un abogado en nombre de la Comisión Europea, del cual no se sabe su posicionamiento. Acabados los turnos, el tribunal puede preguntar a las partes, hecho que puede dar pistas de su pensamiento. La sesión se ha marcado para que dure dos horas y media. No se espera que el presidente Puigdemont u otros exiliados asistan a la vista, ya que no tienen que intervenir.

 

 

Preguntas

Las cuestiones prejudiciales del juez Llarena se han dividido en siete preguntas complejas hacia la interpretación de la Decisión Marco 2002/584/JAI (que regula las órdenes de detención y entrega), y dónde la última pregunta es si el tribunal emisor (es decir el Supremo) puede volver a emitir una nueva orden de detención y entrega (ODE) contra la misma persona y ante el mismo estado miembro. El tribunal ha pedido a las partes que sus informes orales se concentren en las cuestiones prejudiciales tercera y cuarta, y limitado a los aspectos que componen el derecho de la Unión. Estas preguntas son:

-Según el artículo 6.1 de la Decisión Marco 2002/584/JAI, la competencia de la autoridad judicial emisora para dictar una ODE se establece en virtud del Derecho del Estado de emisión: ¿Se tiene que interpretar este precepto en el sentido de que la autoridad judicial de ejecución puede cuestionar la competencia que la autoridad judicial de emisión tiene para actuar en la causa penal concreta y rechazar la entrega para entender que no es competente para emitirla? Es decir, lo que hizo Bélgica con el conseller Puig.

-Ante la eventual posibilidad de control por parte de la autoridad judicial de ejecución, respeto de los derechos fundamentales de la persona reclamada en el Estado emisor: ¿posibilita la decisión marco que no se entregue la persona porque existe un riesgo de violación de sus derechos fundamentales en el Estado de emisión, a partir del informe de un Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias vinculado a la ONU presentado por la persona reclamada? ¿Y si es que sí qué elementos exige el Derecho de la Unión para que un estado miembro pueda concluir que en el estado miembro de emisión (en este caso el Estado español) existe el riesgo de violación de derechos fundamentales?

luzcas monte consejo republica

El conseller Lluís Puig, con sus abogados, Boye y Bekaert.

Derechos

Además, el TJUE pregunta a las partes qué consecuencias se tienen que extraer de las observaciones del gobierno belga en el caso del conseller Puig. Primero fue un juzgado de lo penal que denegó la entrega, el 7 de agosto de 2020, y después la ratificó el Tribunal de Apelación de Bruselas, en enero de 2021. Su razonamiento fue la falta de competencia del Supremo" y  el "riesgo de violación de la presunción de inocencia" por las declaraciones de jueces, fiscales y autoridades políticas españolas. "Se trata de una decisión muy buena para el resto de acusados por el procés, porque demuestra que no han sido sometidos a procesos justos", explicó entonces el abogado Gonzalo Boye. 

 Hay que recordar que el no haber sido juzgados por el juez predeterminados por la ley (el TSJC  en lugar del Supremo) es una de las principales vulneraciones que los presos políticos catalanes han expresado en sus demandas en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Sentencias

Además de las preguntas y el parecer del tribunal belga, el TJUE también solicita a las partes si dos sentencias de tribunales europeos pueden ser “pertinentes” para responder las cuestiones prejudiciales tercera y cuarta. La primera sentencia es del mismo TJUE: El caso Jawo (C-163/17) de 2019, que hace referencia a un ciudadano de Gambia, que llega a Alemania y pide asilo y al tramitarle este país ve que también lo ha solicitado en Italia y lo quiere hacer volver allá. En el caso catalán, el TJUE precisa que se valore el apartado 87 de esta resolución, en la cual se recuerda la norma europea que “está descartado el traslado de una persona a un Estado miembro en cualquier situación en la cual existan motivos serios y acreditados para creer que el solicitante sufrirá un riesgo en el traslado o como resultado de este”. La segunda sentencia es del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre dos ciudadanos de Rumanía, Moldovan y Bivolanu frente Francia, el 2021, en el cual se fija que hay “un riesgo real” a ser entregados.

 

toni comin, carles puigdemont, clara ponsati, sasser italia ACN 

Comín, Puigdemont y Ponsatí, en Itàlia, en la última petición de entrega fallida. Foto: ACN

Precedente

Precisamente, el Tribunal de Justicia de la UE hacía pública una resolución clave, en respuesta a una cuestión prejudicial presentada por el Tribunal de Primera Instancia de Amsterdam, que tenía que decidir sobre la entrega a Polonia de dos ciudadanos de aquel país que fueron condenados apenas privativas de libertad. Las euroórdenes tienen que tener en cuenta la situación de la persona afectada, la naturaleza del delito por el cual se le persigue y la independencia e imparcialidad del tribunal que tiene que seguir la causa, decía el tribunal europeo, hecho que también se tendrá que aplicar a la causa catalana.

A seis meses de cumplirse los cinco años en el exilio, el juez Pablo Llarena ha emitido cuatro euroórdenes para hacer devolver el presidente Puigdemont y su equipo al Estado español para que sean juzgados por sedición, malversación de fondos y desobediencia. El magistrado Llarena, como juez emisor, retiró las dos euroórdenes de detención anteriores. La primera, en diciembre del 2017, y, la segunda (que tuvieron que rehacer varias veces por múltiples defectos de forma), en julio del 2018, cuando Alemania la denegó porque los delitos de rebelión y sedición no encajaban con los tipos de delitos alemanes. El juez Llarena no quería la entrega del presidente Puigdemont para juzgarlo solo por malversación de fondos, hecho que le criticaron incluso un sector español. Puig es acusado del delito de malversación y de desobediencia. La decisión del TJUE tiene dos respuestas: los exiliados podrán estar seguros en Europa, menos en el Estado español, o serán detenidos por ser juzgados allí. Bélgica tendrá la última palabra.

juez pablo llarena tribunal supremo Europa press

El juez Pablo Llarena, en el Tribunal Supremo. Foto: Europa Press