El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado por desobediencia al diputado de la CUP y secretario tercero de la Mesa del Parlamento, a Pau Juvillà, a seis meses de inhabilitación y una multa de 12 euros al día durante 3 meses (1.080 euros). El TSJC lo ha considerado culpable de este delito por haber mantenido los lazos amarillos que estaban colgados de su despacho en la Paeria de Lleida durante la campaña de las elecciones generales de 2019, cuando era concejal.

En la resolución, el tribunal –formado por los magistrados Jesús M. Barrientos, Jordi Seguí y Carlos Ramos, el ponente— sostiene que Juvillà “se negó de forma reiterada y contumaz” a dar cumplimiento a los acuerdos y requerimientos fijados durante el periodo electoral por la Junta Electoral de Zona (JEZ) y también de la Junta Electoral Provincial (JEP). “Es, indica el tribunal, en ambos casos un mandato claro y preciso que no mereció ninguna aclaración, y los razonamientos dados fueron desestimados y fueron entendidos”.

El tribunal añade que el entonces regidor de la CUP en la Paeria era “conocedor" del requerimiento, a pesar de que inicialmente fuera dirigido al entonces presidente del grupo, Francesc Gabarrell, que le traspasó el cargo, el abril del 2019, en paralelo a los requerimientos. Una regidora de Cs reclamó la retirada de la estelada y de los lazos amarillos de la ventana del despacho del grupo municipal de la CUP para mantener la neutralidad del edificio durante las elecciones generales de 2019. El grupo, formado por los dos regidores, no atendió las distintas reclamaciones de la junta electoral, hasta que derivó el caso a la fiscalía y esta requirió al juzgado que la policía retirara los elementos polémicos el 13 de abril de 2019.

El grupo municipal no es el partido

La sala tampoco comparte el principal argumento de la defensa, que es que Juvillà ejerció su derecho en la libertad de expresión, y le replica que los elementos están en un edificio público. Un razonamiento que el TSJC y el Supremo hicieron ya al expresidente de la Generalitat Quim Torra al condenarlo a inhabilitación por la pancarta en el Palau de la Generalitat. “Es reiterada la doctrina del Tribunal Constitucional que sostiene que las instituciones públicas, a diferencia de los ciudadanos, no disfrutan del derecho fundamental a la libertad de expresión que proclama”, declara el tribunal.

Y el TSJC añade: “En este caso, no se puede confundir el grupo municipal con la formación política, ni la sede de esta”. Y detalla la normativa y las funciones de los grupos municipales, así como que reciben dinero público para tener medios, como por ejemplo un despacho para atender a la ciudadanía. Y añade que “el uso indebido de efectos electorales del espacio público se puede corregir por la junta electoral competente”.

Por todo esto, el tribunal concluye que “el mandato de la JEZ de Lleida fue dictado en el ejercicio legítimo de sus competencias, cumplió todas las formalidades legales y no infringió ningún precepto legal”, y que la conducta de Paz Juvillà fue “contumaz en la desobediencia”. El TSJC, además, califica “de argucia argumental” el hecho que Juvillà afirmara que la estelada y el amarillo forman parte de la simbología del partido, y los califica de “símbolos partidistas” y constata que los lazos amarillos se pusieron el 2017 contra las investigaciones del Supremo a los líderes políticos independentistas.

Con todo, el TSJC le impone la mínima sanción en el delito de inhabilitación a cargo público (seis meses), como en la multa (1.080 euros), porque admite que la exhibición durante más de un mes de los símbolos “tuvo una limitada afectación” y “no puede afirmarse que llegara a una gravedad digna de mayor castigo”. Sin embargo, si el Supremo confirma la condena, Juvillà tendrá que dejar el cargo de diputado en el Parlamento.

Los lazos llevaban colgados de su despacho del Ayuntamiento de Lleida desde diciembre de 2017 para protestar por el encarcelamiento de los líderes de la ANC, Jordi Sànchez, y de Òmnium, Jordi Cuixart. En este tiempo nadie pidió a la formación que los retirara hasta que llegó la campaña de las generales del 28 de abril de 2019. Entonces, Ciutadans exigió que se retiraran alegando que estaban en campaña para unos comicios, los cuales la CUP no se presentaba, hecho que el mismo Juvillà remarcó en el proceso judicial.

La Fiscalía se mantuvo firme durante todo el juicio pidiendo ocho meses de inhabilitación y cuatro meses de multa para el diputado de la CUP. Por otra parte, la defensa Juvillà exigió la absolución. Finalmente, el TSJC se ha decantado por demandas de la Fiscalía con una sentencia muy similar a su petición.

 

Consecuencias de la sentencia

La sentencia todavía se puede recurrir a una instancia superior, de modo que el actual secretario tercero del Parlamento todavía puede quedar exonerado. Sin embargo, en caso de que la sentencia del TSJC fuera ratificada por otro tribunal se abre un escenario en el cual podría perder su acta de diputado.

Se trata de una situación similar a la que afrontó Quim Torra cuando era presidente de la Generalitat y fue inhabilitado para no retirar la pancarta en apoyo a los presos políticos del Palau de la Generalitat. En aquella ocasión, Torra acabó sin el acta de diputado, pero siguió un tiempo de presidente. A pesar de este precedente, si llega el momento en que el escaño de Juvillà peligre, la Mesa del Parlament tendrá un papel fundamental a la hora de defender los derechos del diputado, ya que tendrán que dar una respuesta conjunta a su caso.

Respuesta de Juvillà

Después de que se conociera la sentencia, el diputado de la CUP Pau Juvillà ha compartido en sus redes sociales unas palabras de Salvador Seguí del año 1929: "Porque todas las ideas, absolutamente todas, triunfan cuando hay capacidad y organización". Además, su organización ha hecho un llamamiento a participar en la concentración que han convocado a las 19.30 horas de este martes en la plaza de la Paeria de Lleida.

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Imagen principal: El diputado de la CUP, Pau Juvillà, hablando delante del TSJC el día de su juicio