La Ley de Propiedad Horizontal establece que no todas las obras aprobadas por la comunidad de propietarios son obligatorias para todos los vecinos. La normativa distingue entre obras aquellas obras que son necesarias, las mejoras y los lujos, y solo las primeras requieren que todos los propietarios contribuyan económicamente, independientemente de su acuerdo y de si quieren o no.

Cuando una obra afecta directamente a la seguridad, habitabilidad o accesibilidad del edificio, todos los propietarios están obligados a pagar. Ejemplos típicos incluyen la reparación de la estructura del edificio, la reparación de una fuga general o la instalación de un ascensor cuando hay personas mayores o con movilidad reducida. En estos casos, la ley no permite negarse a contribuir y hay que pagar sí o sí.

Situaciones concretas en las que se puede no pagar

Por el contrario, la normativa permite que un propietario se niegue a pagar si la comunidad aprueba obras de mejora que no sean imprescindibles para mantener el edificio. Se trata de reformas que modernizan, embellecen o añaden servicios, pero que no afectan a la seguridad ni al mantenimiento básico de las zonas comunes.

Piscina comunitaria
Piscina comunitaria

Algunos ejemplos de mejoras son cambiar la piscina por otra más moderna, instalar un gimnasio comunitario, reformar zonas comunes únicamente por estética o añadir servicios nuevos que no sean esenciales para la vida. La Ley de Propiedad Horizontal establece que si el coste de estas obras supera tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el propietario puede optar por no participar en el pago.

Negarse a pagar es un derecho de cualquier vecino

Negarse a contribuir en una obra de mejora no significa perder todos los derechos en la comunidad. El propietario que no paga no puede ser obligado a sufragar la reforma, pero sí puede ver limitado su uso de esa mejora. Por ejemplo, si se instala una piscina nueva y un vecino no contribuye al gasto, la comunidad puede impedirle usarla. Es fundamental distinguir entre mejoras y obras necesarias, ya que la obligación de pago solo aplica a estas últimas. La ley protege a los propietarios frente a gastos que no son esenciales.

Además, esta regulación permite equilibrar la gestión económica de la comunidad y evita conflictos internos. Los vecinos pueden disfrutar de los servicios básicos y seguros sin verse obligados a pagar por caprichos que no aportan al mantenimiento del edificio. Así pues, la Ley de Propiedad Horizontal da margen a los propietarios para decidir cuándo participar económicamente y cuándo no, garantizando que solo las obras imprescindibles sean obligatorias y ofreciendo protección frente a gastos de mejora que no consideran necesarios.