Tal día como hoy del año 1939, hace 80 años, en el contexto de los meses inmediatamente posteriores a la ocupación franquista de Catalunya y a la conclusión de la Guerra Civil española (1936-1939), la Jefatura Provincial de Abastecimientos y de Transportes de Barcelona publicaba un decreto que obligaba a los tenderos del ramo de la alimentación de la ciudad a documentar la venta de judías. Aquel decreto decía: “El tendero anotará el número de tarjeta y nombre del cabeza de família, remitiendo las listas por conducto de sus respectivos gremios a la Jefatura de los Servicios”. Aquel mismo decreto prohibía la venta de más de 400 gramos de judías por persona, hasta fecha indeterminada.
Este decreto se publicó con el pretexto de racionar los alimentos que recibía la población y evitar la acción de los acaparadores y especuladores. Pero la realidad era bien diferente. El aparato de propaganda franquista difundía campañas de persecución a la especulación alimentaria que pretendían lavar la imagen del régimen y, a la vez, ocultar el contrabando de alimentos que promovían -a título particular- mandos del ejército, dirigentes de Falange, jerarquías eclesiásticas y cargos políticos. Durante los meses inmediatamente posteriores a la ocupación de Barcelona (26/01/1939), la prensa publicaría -a diario- docenas de detenciones de presuntos especuladores; pero ninguno de elementos "afectos al régimen".
Esta medida se sumaba a otras que ya se habían decretado -inicialmente en Barcelona- como la del Día sin Postre, que obligaba los hostaleros y restauradores de la ciudad a contabilizar y liquidar una parte del beneficio diario -con la permanente amenaza de imposición de elevadas sanciones- a la Asociación de Ex-Combatientes.