La decisión del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) de abrir juicio oral a los diputados Josep Maria Jové y Lluís Salvadó por malversación por la organización del referéndum del 1 de octubre ha desencadenado uno de aquellos absurdos debates sobre si ambos han de seguir siendo parlamentarios o, por el contrario, se les tiene que aplicar alguno de los artículos sancionadores por corrupción. La politiquería catalana tiene a veces estos debates y de golpe se generan polémicas disparatadas buscando equivalencias con situaciones que nada tienen que ver, como es la comparación que se pueda hacer con este caso y el de la suspendida presidenta del Parlament, Laura Borràs.

A expensas de conocer la petición de condena por parte de la Fiscalía, los dos actuales diputados de Esquerra, y en 2017 altos cargos del Departament d'Economia, están procesados por desobediencia, prevaricación, malversación de fondos públicos y revelación de secretos. La vista no tiene fecha pero sí que se conoce el tribunal, que estará formado por el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, y los magistrados Carlos Ramos y Fernando Lacaba. El escrito de la Fiscalía ya ha sido elaborado por los correspondientes fiscales del TSJC y se ha dado conocimiento del mismo a la Fiscalía General del Estado, como es habitual en este tipo de casos, para su análisis y aprobación.

Como ya defendí en el juicio del Tribunal Supremo con los nueve presos políticos que fueron condenados a más de un centenar de años de prisión por sedición, malversación y desobediencia y al mismo número de años de inhabilitación en todo lo relacionado con la realización del referéndum, la única pena objeto de debate debería ser la desobediencia y siempre en aquellos casos que se hubiera producido una notificación previa por parte de los tribunales. No hay sedición y tampoco malversación. El primer delito ya no lo contempla ni la reforma del Código Penal, que ahora es objeto de estudio su modificación y que prevé eliminar el delito.

En el caso de malversación, tampoco lo ha habido porque no hay beneficio lucrativo. El ministro de Hacienda de la época, Cristóbal Montoro, insistió en que no se había usado dinero público para preparar el referéndum. No hubo, por tanto, perjuicio para el patrimonio administrado y lo más que se podía discutir es si se podían invertir en estos fines, pero no hay malversación porque no se ha administrado deslealmente

Esa es la hoja de ruta de los que participaron en los hechos de octubre de 2017 y a ella se pueden acoger sin duda alguna Jové y Salvadó. Dejemos para otros campos la batalla partidista y preservemos a todos los servidores públicos que el Estado trata de perseguir. Y recordemos que el listón de la represión sigue muy alto, ya que la desjudicialización reclamada no será nunca así si la otra parte sigue tratando como delitos lo que no lo son.