El gobierno español interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la ley de Catalunya 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código Civil que regula "de forma innovadora" el contrato de compraventa "desoyendo la doctrina del Tribunal Constitucional".

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar al Ejecutivo la interposición de este recurso de inconstitucionalidad a la disposición autonómica que regula el contrato de compraventa, la cesión de fincas o el aprovechamiento urbanístico a cambio de construcción futura y el contrato de permuta. El gobierno español observa "importantes innovaciones" respecto del contrato de mandato y del contrato de gestión.

En la referencia del Consejo, argumentan que estas materias se encuentran dentro de las competencias exclusivas del Estado. En concreto, recuerdan que las competencias constitucionales en materia de derecho civil "no amparan una regulación, por parte de las comunidades autónomas, innovadora o respecto de instituciones que no se encontraran contenidas en el derecho civil autonómico en cuestión con anterioridad a la Constitución".

De la misma manera, señalan que la Carta Magna establece la competencia exclusiva en materia de "legislación mercantil", de manera que los preceptos de la Ley podrían vulnerar el principio de unidad de mercado.