España no para de recibir avisos para que aplique una medida que Bruselas acordó con todos los Estados miembro desde hace meses: dejar de repercutir el IVA en autónomos que no superen los 85.000 euros de facturación brutos anuales. Aunque esta medida puede ser positiva, también alertan de que tiene otros prejuicios. Pero la incertidumbre de un cambio, todavía pendiente de aprobación, lleva a crear herramientas que ya elaboren escenarios futuribles a corto plazo.

Por ello, se ha creado una calculadora totalmente gratuita. Así pues, la futura implantación del régimen de franquicia de IVA en España, que actualmente está pendiente de aprobación definitiva por parte del Govern, se perfila como uno de los cambios fiscales más relevantes de los meses que vienen. Ante este escenario, la plataforma de contabilidad colaborativa Easor ha lanzado una calculadora digital de acceso gratuito y abierto para simular el impacto económico real que tendrá este nuevo marco en cada negocio. Según los últimos estudios realizados, esta nueva situación afectaría potencialmente a más de 1,5 millones de autónomos en España, siempre que se sitúen por debajo del umbral que previsiblemente se apruebe situado alrededor de los 85.000 euros anuales de facturación. "Estamos detectando que hay mucho interés por la futura franquicia de IVA, pero también muchas dudas. La cuestión no es si la medida es buena o mala, sino si realmente compensa en cada caso. Hemos querido ofrecer una herramienta sencilla para que autónomos y asesorías puedan responder a esta pregunta con datos y no con suposiciones", explica Anxo Barreiro, Country Director de Ea.

Crea tu simulador

A pesar del creciente interés que el tema genera entre los despachos profesionales y los trabajadores independientes, los expertos advierten que existe la falsa percepción de que la franquicia de IVA siempre beneficia al autónomo. Dejar de repercutir el IVA no implica automáticamente un mayor beneficio financiero, ya que acogerse a este régimen también significa perder el derecho a deducirse el IVA soportado en los gastos de explotación y en las inversiones de la actividad. La nueva herramienta de Easor, disponible a través de su página web, permite realizar una estimación comparativa en solo 30 segundos entre el régimen general actual y la futura franquicia de IVA. Para calcular el beneficio económico en ambos escenarios y la diferencia estimada entre estos, el sistema solicita variables clave como los ingresos anuales del negocio, los gastos asociados a la actividad, la media de IVA de los gastos mencionados y si el profesional tiene previsto modificar el precio final que cobra a sus clientes.

En términos generales, los principales beneficiados por la franquicia de IVA serán aquellos profesionales que prestan servicios directamente a clientes particulares, que disponen de una estructura de costes reducida y que tienen pocos gastos deducibles. Por el contrario, el nuevo régimen podría no resultar conveniente e incluso encarecer la actividad de aquellos autónomos que requieran realizar inversiones frecuentes o cuyos clientes sean mayoritariamente empresas que ya se deducen el IVA en el régimen general. El objetivo de la calculadora es precisamente mitigar el riesgo de tomar decisiones fiscales equivocadas, y también ofrecer un análisis objetivo caso por caso. Además, con el objetivo de reforzar la misión de asesoramiento de los despachos profesionales ante una de las principales consultas fiscales que se esperan cuando se apruebe la ley, la herramienta permite que las asesorías realicen las simulaciones para los clientes y las compartan de manera personalizada añadiendo el logotipo del despacho.

España hace caso omiso a Europa

La base legal de este sistema simplificado se encuentra en la Directiva (UE) 2020/285, aprobada por el Consejo de la Unión Europea para reducir las cargas administrativas de los pequeños contribuyentes. Sin embargo, España acumula cierto retraso en la adaptación definitiva de su normativa interna ante el resto de socios comunitarios, lo que ha generado una gran expectación. Desde Easor recuerdan que, hasta que la regulación estatal no sea aprobada formalmente y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), cualquier fecha de entrada en vigor debe considerarse únicamente una previsión.

El límite de 85.000 euros anuales antes de IVA en el que se centra el debate en España es el que ya sirve como referencia en otros países europeos que disponen de modelos parecidos, como el 'régimen forfettari' de Italia o los límites para actividades comerciales en Francia. Otros mercados, como Alemania, mantienen tradicionalmente un modelo mucho más restrictivo para sus pequeños negocios, mientras que el Reino Unido, aunque ya no forma parte de la Unión Europea, sitúa actualmente el umbral de registro de IVA en las 90.000 libras anuales.