Sergio Ramos no levanta cabeza. El futbolista está viviendo una auténtica pesadilla que se repite una y otra vez. Tras sus últimos años en el Real Madrid protagonizados por varias lesiones, su incorporación al PSG ha sido un auténtico desastre. La directiva y la afición se arrepienten de su fichaje. Hasta él mismo es consciente de la situación y ya se habla de una posible marcha tras finalizar la temporada. Tan solo le hemos visto en cinco partidos y su equipo ya ha perdido la Champions.

El marido de Pilar Rubio también ha perdido contra Fran Rivera. El Tribunal Supremo ha dado finalmente la razón al torero en un litigio que mantiene desde 2013 con el futbolista del PSG, tras la adjudicación a una empresa del diestro de la gestión de un mercado gourmet en Sevilla contra la que recurrió el jugador al considerar que no se había hecho conforme a la Ley.

Fran Rivera gana la batalla a Sergio Ramos 

En 2020, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ya dio la razón al marido de Lourdes Montes. Ahora, según ha adelantado Diario de Sevilla y se recoge en la providencia a la que ha tenido acceso EFE, la sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del alto tribunal ha decidido no admitir el recurso de casación presentado por el futbolista contra aquella sentencia.

Esta disputa judicial se originó cuando la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sevilla concedió la gestión del mercado gourmet ‘La lonja del barranco’ a una unión temporal de empresas (UTE). En una de ellas participaba Fran Rivera, mientras que la de Sergio Ramos quedó fuera. Sin embargo, el de Camas recurrió al entender que la ganadora no tenía demostrada su solvencia para la gestión.

Tal y como se pudo leer en su escrito, aludía que la empresa mantenía deudas con la Administración pública, aunque le fue concedida la gestión por 25 años y con un canon anual de 250.000 euros. En 2020 se desestimó el recurso presentado por el futbolista. El TSJA consideraba que la UTE Mercado de San Pedro, la de Fran Rivera, presentaba su oferta conforme al pliego de cláusulas de la misma. Sin embargo, la del jugador, Sermos 32, no había podido probar la presunta irregularidad en la declaración sobre las deudas de la Seguridad Social a la que aludía como base del recurso.

Para el Supremo, el recurso de Sergio Ramos contra la decisión del TSJA "no se ha fundamentado suficientemente", y destaca que la "problemática que subyace en el pleito se contrae a una cuestión probatoria vinculada al aplazamiento de la deuda tributaria, que la Sala de Sevilla ha resuelto en sentido desfavorable a los intereses de la parte recurrente, concluyendo que no concurre esa prohibición de contratar a la vista de la documentación aportada".

Sergio Ramos será quien deba hacerse cargo de las costas procesales con un valor de 1.000 euros más impuestos.