La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC ha rechazado prohibir los lazos amarillos en las conselleries y las dependencias de la Generalitat.

Lo había pedido Aixeca't-Levántate y lo había hecho con cariz general en todo Catalunya. La fiscalía se sumaba a la demanda, pero la Generalitat había pedido la inadmisión del recurso. Hoy la Sala de lo Contencioso Adminsistrativo le ha dado la razón a la Generalitat. Eso quiere decir que no se pueden quitar los lazos amarillos ni ninguna muestra de solidaridad con los presos políticos y exiliados y tampoco se puede prohibir que se pongan más.

Los denunciantes alegaban la retirada de los "lazos amarillos y propaganda política" para "proteger los derechos y las libertades fundamentales" de todos los edificios de la Generalitat. El tribunal dice que "hay que considerar que la genérica legitimación establecida en la Ley Jurisdiccional a favor de corporaciones, asociaciones, sindicatos, grupos de afectados, uniones sin personalidad o patrimonios independientes o autónomos no ampara el puro interés por la legalidad, excepto en los casos limitados de acción popular lo que no es este el caso".

En su resolución el TSJC asegura que "ninguna de las actuaciones descritas incide en los fines de la misma o le afectan de ninguna manera, y sin que pueda alegarse, como se pretende, que la administración va contra sus propios actos, ya que la petición formulada en vía administrativa no fue en ningún momento objeto de respuesta y no hay ningún acto administrativo que de forma directa o indirecta le reconozca tal legitimación".