El Tribunal Supremo ha ratificado la prohibición de exhibir estelades en los edificios públicos, en una sentencia del 13 de abril que se ha conocido hoy. La sentencia es respuesta a un recurso que presentó CiU el 15 de mayo del 2015 contra una resolución de la Junta Electoral Central contra las estelades, en la que se quejaba de que "se vulneraba la libertad de expresión".

El recurso ya fue desestimado el año pasado, cinco días más tarde de ser presentado, y prohibió de facto a los poderes públicos "tomar partido en las elecciones", ya que estaban en plena campaña electoral para las municipales del 24 de mayo del 2015.

Lo justificó asegurando que las estelades "simbolizan las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de toda", y dejó claro que la ciudadanía es libre de expresarse como quiera, pero no los gobernantes, que tienen que respetar el conjunto de la sociedad. La doctrina del Tribunal Constitucional sostiene que "las instituciones públicas, a diferencia de los ciudadanos, no disfrutan del derecho fundamental de libertad de expresión que proclama el artículo 20 de la Constitución Española".

Doble rechazo

El Supremo también ha desestimado la premisa de CiU de que las estelades "no son una bandera partidista" porque "no corresponde a ningún partido político" y, por este motivo, colocarla en un edificio público "no obedece tampoco a una actividad partidista, sino al obligado cumplimiento por parte de los alcaldes de los acuerdos adoptados a los plenos de los ayuntamientos", es decir, a la demanda de "voluntad popular".

Por ello, la sentencia avisa que la ejecución de las decisiones democráticas en este sentido "no son de obligado cumplimiento" y aprovechan para calificar la colocación de estelades de "incompatible con el deber de objetividad y neutralidad de los poderes públicos" porque, ahora sí, "toman partido por una posición parcial".

De esta manera, si bien CiU califica las estelades de "no partidistas" por todas estas razones, la sentencia gira el argumento para acabar diciendo que poner unas estelades en una institución pública "rompe el principio de neutralidad" y, por lo tanto, esta bandera "constituye un símbolo de la reivindicación independentista de una parte de los ciudadanos catalanes representados por una parte de los partidos políticos", pero que deja al margen otra parte de la ciudadanía.

Y no sólo eso. También aseguran que las estelades "no tienen reconocimiento legal válido como símbolo oficial" y, consecuentemente, su uso sí que puede ser calificado de "partidista".

Y continúa prohibido

Por eso, la JEC ya obligó el año pasado las instituciones públicas a retirar las estelades durante la campaña electoral, cuando Sociedad Civil Catalana (SCC) decidió presentar un escrito en que pedía a la Junta que estudiara la situación, obligara a retirar las estelades y declarara su presencia "incompatible con la obligación de neutralidad de los poderes públicos". También denunciaba que "favorece las opciones políticas de aquellos partidos que pretenden la creación de un Estado independiente en Catalunya".

El 13 de mayo del 2015, la Junta Electoral Provincial (JEP) elevó el caso a la JEC porque esta última estaba pendiente de resolver un caso similar y obligó los edificios públicos y locales electorales a retirar todos los símbolos susceptibles de ser "partidistas". Un mes después, el extesorero de CDC Andreu Viloca presentó un nuevo recurso contra el acuerdo anterior, pero también fue desestimado en octubre. SCC se rebotó a finales de octubre y formalizó la oposición a este recurso de CiU exigiendo su desestimación y el fiscal los apoyó.

Fue entonces cuando se propuso la fecha del 13 de abril para votar y fallar el recurso, momento en que se empezó a redactar la nueva sentencia que fecha del 28 de abril y se ha hecho pública este 6 de mayo, justo un año después de que SCC presentara el primer escrito.

SCC se felicita

La satisfacción de SCC al conocer la noticia se ha hecho pública a través de la voz de su presidente, Rafael Arenas, que se ha felicitado por una sentencia que "defiende con naturalidad lo que hace un año parecía imposible" y ha aprovechado para anunciar que su entidad también pedirá que no sólo sea obligatorio retirar las estrelladas en época electoral, sino también "en todo momento".

"Creemos que esta sentencia será muy importante para conseguir lo que llevamos reclamando hace años: que el espacio público de Catalunya sea neutral", ha sentenciado.