Los grupos parlamentarios de JxSí y la CUP presentarán este martes en el Parlament la ley que regulará el referéndum de autodeterminación sobre la independencia de Catalunya anunciado por el Govern para el próximo 1 de octubre. La ley se presentará después en un acto en el Teatre Nacional de Catalunya (TNC) por parte del president, Carles Puigdemont, el vicepresident, Oriol Junqueras, y los dirigentes de JxSí Jordi Turull y Marta Rovira. En síntesis, lo que sigue son las claves de la norma, contenidas en la exposición de motivos o preámbulo.

¿Por qué Catalunya se puede autodeterminar legalmente?

Desde la vertiente jurídica, la Ley del Referéndum de Autodeterminación se sustenta en el derecho internacional, en concreto en pactos y tratados ratificados por el Estado español y que, por lo tanto, forman parte de su ordenamiento legal interno, según la Constitución vigente, así como los pronunciamientos del Parlament de Catalunya.

Entre los primeros están los Pactos sobre Derechos Civiles y Políticos y sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales aprobados por la ONU en 1966 y ratificados por el Reino de España en 1977 que reconocen "el derecho de los pueblos a la autodeterminación como el primero de los derechos humanos". También se cita la resolución de la ONU sobre Promoción del derecho a la Democracia, que vincula los derechos a la participación política directa con los principios fundamentales de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Se añaden a estas normas de la ONU los dictámenes del Tribunal de Justicia de La Haya sobre la evolución del concepto de derecho a decidir de los pueblos. Así, se alude a los casos de nuevos estados que durante la segunda mitad del siglo XX han ejercido el derecho a la autodeterminación sin que ello viniera motivado por el fin del imperialismo (o colonialismo), que es el marco en que, en general, se reconocía hasta ahora.

La ley también hace referencia a las resoluciones del Parlament de Catalunya en las que la Cámara catalana ha expresado "de manera continuada e inequívoca el derecho de Catalunya a la autodeterminación", desde la aprobada el 12 de diciembre de 1989 o la reciente Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Catalunya.

¿Cómo se vincula el referéndum con las últimas elecciones?

La aprobación de la ley se considera la "máxima expresión" del mandato democrático surgido de las elecciones del 27 de septiembre del 2015, que configuraron una mayoría parlamentaria a favor de la convocatoria del referéndum.

¿Qué relación tiene la ley con la sentencia del Estatut?

La aprobación de la ley del referéndum comporta un "acto de soberanía" que se define como "la opción necesaria para poder ejercer el derecho de los catalanes a decidir el futuro político de Catalunya". "Especialmente -se añade- después de la ruptura del pacto constitucional español de 1978 que representa la anulación parcial y la completa desnaturalización del Estatut d'Autonomia de Catalunya del año 2006 (...) mediante la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional". Por eso, se señala que "esta ley representa la respuesta democrática a la frustración generada por el último intento de garantizar al pueblo de Catalunya el pleno reconocimiento".

¿Por qué el referéndum no se ha pactado con el gobierno del Estado?

La exposición de motivos de la ley alude al hecho de que en el proceso previo "se han hecho todos los esfuerzos para encontrar una vía acordada", en alusión a los intentos del gobierno de la Generalitat para llegar a un pacto con el gobierno español para que el pueblo catalán pudiese decidir libremente su futuro, en línea con la solución a la que se llegó en el Reino Unido en el caso de Escocia.

¿Qué regula la ley?

De acuerdo con el artículo 1, la Ley del Referéndum de Autodeterminación regula la celebración del "referéndum de autodeterminación vinculante sobre la independencia de Catalunya"; sus "consecuencias" en función del resultado, y la creación de la Sindicatura Electoral de Catalunya, organismo que sustituirá a la Junta Electoral y que estará formado por juristas nombrados por el Parlament.

¿Quién es soberano para decidir?

La ley (artículo 2) define el pueblo de Catalunya como "sujeto político soberano" y, en virtud de esta condición, le atribuye el ejercicio del "derecho a decidir libre y democráticamente su condición política".

¿Qué papel corresponde al Parlament?

De acuerdo con el artículo 3.1, el Parlament es "el representante de la soberanía del pueblo de Catalunya".

¿Qué ley prevalece?

La ley establece un "régimen jurídico excepcional" que tiene como objetivo regular y garantizar la celebración del referéndum (artículo 3.2). Por eso "prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas que puedan entrar en conflicto" en referencia a las leyes o interpretaciones de las leyes estatales que puedan impedir la convocatoria y/o celebración del referéndum de autodeterminación y la aplicación del resultado.

¿A quién ampara la ley del referéndum?

La ley ampara a todas las "autoridades, personas y empresas" que participen de manera directa o indirecta "en la preparación, celebración y/o implementación del resultado del referéndum" (artículo 3.3).