El Tribunal Supremo ha anulado un artículo del Real Decreto del 2014 que regula la concesión directa de subvenciones a las comunidades de vecinos que tuvieron que resintonizar las antenas de la TDT, ya que vulnera las competencias ejecutivas de la Generalitat en materia de comunicaciones electrónicas.

La sentencia estima en parte el recurso contencioso-administrativo de la Generalitat de contra el Real Decreto 920/2014 y contra la resolución de la empresa pública RED.ES, de 7 de noviembre de 2014, por la cual se convocó la concesión directa de las subvenciones, así como contra la campaña de verificación de instalaciones receptoras de televisión hecha pública por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. En el recurso, el Govern denunció la vulneración de competencias que le corresponden, además de la doctrina del Tribunal Constitucional sobre subvenciones.

La Sala considera que no procede la anulación total del Real Decreto porque lo que considera contrario al orden constitucional de distribución de competencias es sólo lo que hace referencia a la gestión de las subvenciones reconocidas para la implantación de la digitalización. Eso, implica anular el artículo 12 por el cual se establecen los órganos competentes para la convocatoria, gestión, seguimiento, resolución, concesión, abono y, si cabe, la declaración de la procedencia de reintegro de las subvenciones reguladas en el mencionado Real Decreto.

De la misma manera, acuerda la nulidad de la resolución de la Entidad Pública Empresarial RED.ES por la cual se convoca la concesión directa de subvenciones, en lo que afecta a la competencia de esta administración.