El vicepresidente Oriol Junqueras presenta un recurso para salir de la prisión.

La defensa de Junqueras argumenta la falta de violencia en los hechos que se lo acusan, que ho hay ha riesgo de reiteración delictiva porque en el mismo programa electoral de ERC se apela al diálogo y que no se puede mantener cerrado entre rejas uno de los candidatos a la presidencia de la Generalitat durante toda la campaña electoral.

Y en este sentido hace la siguiente declaración de intenciones en caso de que ERC gane las elecciones del 21-D: "El Sr. Junqueras tiene derecho a participar de los actos de campaña, así como tendrá derecho a ejercer la representación política de los ciudadanos si resultara escogido, como diputado o como Presidente del Gobierno".

No violencia

El recurso niega que se haya utilizado en ningún momento la violencia en el proceso hacia la independencia y planta cara a la expresión "explosiones violentas", que el juez Pablo Llarena argumentaba en su auto para mantener en la prisión al vicepresidente: "Explosiones violentas" que ni se han producido ni nunca se producirán".

De hecho, la defensa del Vicepresidente califica d"especulacions" las acusaciones sobre el uso de la violencia y acredita que Junqueras es "pacifista" y que queda acreditado en el papel en la política del vicepresidente para "trabajar en contra del que representa la acción violenta".

El recurso admite que Junqueras no podrá asumir responsabilidades políticas durante unos meses y apela al juez que "no puede mantenerse en la prisión un actor político durante toda la campaña y durante los meses que se pueda retrasar la conformación de un Gobierno, ya que durante este tiempo no hay riesgo de reiteración".

En el texto del recurso el abogado de Junqueras defiende que en ningún caso se ha utilizado la violencia necesaria para la imputación del delito de rebelión: "La persecución de la independencia de una parte del territorio mediante el alzamiento violento es delito. Hacerlo por la vía pacífica es, no sólo
perfectamente legítimo, sino que es una cosa que la misma Constitución promueve de acuerdo con la máxima acuñada por el Tribunal Constitucional que España no es una democracia militante". Y concreta que el uso de la violencia en ningún caso es un hecho subjetivo a valorar: "La disidencia política es un valor. La protesta es un valor. La discusión es un valor. La violencia no lo es".

Y apela a la Constitución: "Repitámoslo: no sólo son los derechos civiles y políticos reconocidos internacionalmente los que protegen al disidente político, también lo hace la propia Constitución española. Es el texto constitucional quien protege a los independentistas".

La defensa de Junqueras alega que no está acreditado el riesgo de reiteración delictiva y que la valoración judicial no es objetiva. "El análisis de riesgos no se explica de forma debida a la resolución objeto de recurso. No se exterioriza como podría llegar a cometer parte del Sr. Oriol Junqueras un delito de rebelión en las actuales circunstancias, de connivencia con quien, en qué condiciones y en cuál hechos objetivos, racionales y actuales se basa para sostener que eso es posible", dice el texto.

En campaña

El recurso se basa, en buena parte, en la falta de capacidad reiterativa del delito por parte de Oriol Junqueras que está en la prisión desde hace un mes y que opta a la presidencia de la Generalitat de Catalunya coma candidato de ERC.

En este sentido el texto hace especial incidencia en el hecho de que la prisión es más una medida para prevenir un delito futuro contra que queda desautorizada en el mismo programa electoral de ERC donde se reconoce una voluntad de diálogo: "como candidato en campaña electoral, no puede reiterar el delito y esta realidad es incontestable. encarcelar- preventivamente hoy por lo que pueda hacer en un futuro incierto ni es proporcional ni concorde a Derecho, más cuando la determinación del Sr. Junqueras con un programa político pacífico basado en el diálogo es firme y real".

"Cualquier resultado electoral supondrá, con alta probabilidad, que el Sr. Junqueras no asuma ninguna responsabilidad política en varios meses y no puede mantenerse en la prisión a un actor político durante toda la campaña y durante los meses en que se pueda demorar la conformación de uno
Gobierno, ya que durante este tiempo no hay riesgo de reiteración", concluye el recurso.

Enfocados

El recurso también niega que Oriol Junqueras tuviera conocimiento del informe Enfocados, en el cual Llarena, también, se basa para mantenerlo en la prisión. Un documento, que el recurso remarca que, ni tan sólo contempla el referéndum del 1 de octubre: "Alguien cree desde la más honesta convicción que si este documento fuera real y supusiera una hoja de ruta de lo que se iba a realizar, no contemplaría el referéndum de autodeterminación"?.

La defensa de Junqueras considera nulo este documento como prueba y observación que "el análisis del documento ENFOCADOS es, por lo tanto, uno de los mayores errores jurídicos y de valoración del Acto. Su carga indiciaria no se deriva más que del voluntarismo de las acusaciones y es, por lo tanto, nula".