Cierto cultismo, con no poco narcisismo, hace que cualquier figura literaria valga por sí misma y que, de tanto que quiera explicar, no explique nada. Hoy en día, el tropo literario está pasando a ser un mero significante situacionista, incluso tribal, con más o menos fortuna. El paso al mero formalismo de rotulación casi comercial ya se ha dado. Un paso, que, seguramente, para explicar o retransmitir la realidad está de más, no hacía falta dar.

De la riqueza retórica nos quedamos con el lema, con la etiqueta que repetimos como loros y que, al fin y al cabo, no quiere decir nada o no dice nada que no se hubiera dicho ya antes con palabras más sencillas o con expresiones más directas. O dicho de otra manera: escaso valor añadido, si tiene alguno.

Algunos ejemplos. Brexit is Brexit. Claro está. Es una pura redundancia. Como mucho quería decir que quien mandaría en las negociaciones del Brexit sería el Reino Unido y que, después de todo, ante la recuperada soberanía de la Corte de San Jaime, Bruselas pasaría por el enderezador. Puro patrioterismo.

La realidad, sin embargo, es dura. Las elecciones del pasado jueves en las Islas han puesto las cosas en su sitio, es decir, se han ajustado a la realidad. Los promotores del Brexit, el UKIP, están fuera del Parlamento. May era pro Bremain –formaba parte de un gobierno que lo era–, pero una vez en Downing Street se hizo brexista como la que más. La tortilla ha sido girada: ahora quien marcará el paso del Brexit, si se lleva a cabo finalmente, será Bruselas y no será light, cuando menos en el sentido británico de la idea, dado que el su fuerza era, como se ha visto, pura entelequia.

Otras figuras retóricas, esta vez con menos sentido si cabe, fueron las declaraciones extremas, propias de la derecha extrema, de Cospedal (a partir del 8) y de Méndez de Vigo: lo que se hacía en Catalunya con el proceso era un golpe de estado.

La respuesta, tímida en las zonas de dominio marianista, y entre indignada y generosa de hazmerreíres catedralicios, culminó con un gag de la semana pasada de Polònia, que me da la impresión que clausuró esta vía aumentativa. Otra vez la realidad puso las cosas en su sitio. Además volvió a demostrar la nula empatía del marianismo con los ciudadanos de Catalunya –vista la mayoría soberanista en el Parlament–. Así es, a la retahíla ya muy sudada de insultos a la poca inteligencia de los catalanes –hechizados por Mas y compañía–, cómplices totalitarios del 3% y otras corrupciones, la campaña de diálogo y seducción acababa de convertir las urnas en un arma propia de un golpe de estado.

Textos jurídicos pesados, pero clarificadores de lo que hablan, cuando el marianismo habla de supremacía de la Constitución, habla en realidad de desigualdad y parasitización de la mayoría por la rapiña de unos pocos, oscuros y privilegiados

Finalmente, el marianismo más crecido, el constitucionalista hasta la médula, el paladín de la legalidad, de la democracia y de la conveniencia ha recibido del Tribunal Constitucional, del suyo, una colleja de las que hacen época al declarar contraria a la Constitución y, por lo tanto, anulando su amnistía fiscal, cosa que él y el gobierno marianista han negado siempre (o casi).

Unas cuantas frases de la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional, del 8 de junio pasado, son infinitamente más significativas que comentarios que puedan generar. Aquí van unas muestras:

  1. “La disposición impugnada ha afectado sustancialmente a la determinación de la deuda tributaria pendiente de los tributos afectados, en todos sus eventuales componentes (cuota tributaria, intereses de demora, recargos y sanciones); permite la regularización a un tipo reducido, con exclusión de toda responsabilidad accesoria, tanto por el retraso en el cumplimiento de la obligación tributaria como por la comisión de las eventuales infracciones, administrativas o penales, en las que se hubiese podido incurrir hasta el momento de la regularización.”
  2. Con la amnistía fiscal “se había alterado el modo de reparto de la carga tributaria que debe levantar la generalidad de los contribuyentes”
  3. “Esta medida normativa se ha afectado a la esencia misma del deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos que enuncia el art. 31.1 CE [Constitución española], al haberse alterado el modo de reparto de la carga tributaria que debe levantar la generalidad de los contribuyentes, en unos términos que resultan prohibidos por el art. 86.1 CE
  4. “La adopción de medidas que, en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, se aprovechan del mismo so pretexto de la obtención de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis económica, supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos (art. 31.1 CE). Viene así a legitimar como una opción válida la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica, colocándolos finalmente en una situación más favorable que la de aquellos que cumplieron voluntariamente y en plazo su obligación de contribuir.”

Textos jurídicos pesados, pero clarificadores de lo que hablan, cuando el marianismo habla de supremacía de la Constitución, habla en realidad de desigualdad y parasitización de la mayoría por la rapiña de unos pocos, oscuros y privilegiados. Nada que ver ni con la democracia ni con la Constitución.

Retórica, retórica y retórica. Mala y opresora a más no poder.