El precio máximo de la bombona de butano una vez incluidos los impuestos experimentará este martes, 16 de mayo, un nuevo incremento del 5%, hasta los 14,18 euros, y acumulará aumentos del 26% desde julio del año pasado, según una resolución del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital publicada este lunes en el Boletin Oficial del Estado (BOE).

Este aumento, provocado por aspectos como el encarecimiento de la materia prima, es la máxima permitida por el actual sistema de revisión de precios. Seguirá existiendo un déficit de ingresos que se tendrá en cuenta a la hora de revisar los precios en los siguientes bimestres. Ya en la revisión anterior, el aumento de costes habría obligado a incrementar mucho más el precio, un 14%, hasta los 14,74 euros, de no existir topes para las revisiones.

Con el nuevo aumento, el butano acumula cinco revisiones bimestrales al alza con respecto al nivel fijado por el Gobierno en julio de 2016, de 11,25 euros. Este mes, la bombona ha tocado tierra después de unas secuencias de caídas que lo habían abaratado un 35% desde los niveles del 2015.

A pesar de las nuevas subidas, el butano se encuentra todavía un 19% por debajo de los 17,5 euros registrados hasta marzo de 2015. La diferencia con respecto a aquel máximo es de más de 3 euros.

Variaciones

El aumento de este martes se producirá después de las del 5% de marzo y en enero de este año, del 4,7% de noviembre de 2016 y del 4% de septiembre del ejercicio pasado. Los incrementos contrastan con los descensos del 5% tanto en julio como en mayo y marzo de 2016. En enero del 2016, el precio máximo aumentó un 3%.

El nuevo incremento de precios, realizado conforme a un mecanismo de revisión automática, es el cuarto que afronta el nuevo Gobierno. La revisión la fija el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, pero depende de la cotización de la materia prima en los mercados internacionales y de la variación del tipo de cambio.

El precio regulado afecta a las bombonas de butano que más comúnmente usan los hogares, envases con carga igual o superior a 8 kilogramos e inferior a 20 kilos, cuya tara sea superior a 9 kilos.