CaixaBank ha defendido que la indemnización de 16 millones de euros recibida por el exvicepresidente y exconsejero delegado de la entidad Joan Maria Nin, que investiga la Audiencia Nacional, se produjo "en estricta conformidad a la ley, fue aprobada por los órganos de gobierno competentes y objeto de publicación preceptiva en los correspondientes informes públicos, todo eso en cumplimiento de los mayores estándares exigibles". Además, han recordado que las condiciones ya se hicieron públicas.

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha abierto una investigación por la indemnización multimillonaria que recibió el año 2014 el exconsejero delegado de CaixaBank. Ve indicios de delito societario y de apropiación indebida. El juzgado se ha declarado competente para instruir la causa contra el actual presidente de la Fundación Bancaria La Caixa, Isidre Fainé, y otros directivos de la entidad. Pero CaixaBank alega que las nuevas condiciones contractuales y retributivas de Nin como consecuencia de su concentración de funciones se establecieron "en términos equivalentes a los existentes hasta aquel momento en el Grupo". La situación contractual previa a su salida de la entidad obedeció a la nueva estructura en la cual La Caixa pasaba a ser una fundación bancaria y dejaba de ejercer sus actividades financieras, que pasaron a desarrollarse íntegramente en CaixaBank.

En un auto, De la Mata ha admitido a trámite una querella donde se asegura que la entidad habría pagado una indemnización a Nin mediante un "plan urdido" por Fainé, el mismo Nin y "con la cooperación necesaria del consejo de administración y de otros asesores". Entre los cuales, destacan al actual vicepresidente de CaixaBank, Antoni Massanell, y el consejero delegado, Gonzalo Gortázar, como también otros miembros del consejo que participaron en la adopción de acuerdos de contratación, cese e indemnización del exconsejero delegado. El juez prevé citarlos a declarar como investigados.

Según se recoge en el auto, el 29 de mayo del 2014, Nin y CaixaBank suscribieron un nuevo contrato de prestación de servicios, que entró en vigor el 16 de junio. Unos días después, el 30 de junio del 2014, los miembros del consejo de administración dieron por extinguida "la relación jurídica de alta dirección" de Nin. "La razón oficial fue supuestamente que se extinguía el contrato como consecuencia del proceso de reorganización en que estaba inmerso el grupo Caixa", recoge al juez en su escrito.

Posteriormente, el día 10 de julio, se suscribió un acuerdo de extinción entre Niño y CaixaBank con efecto retroactivo al 30 de junio del 2014, hecho "que le permitió cobrar 15.081.308 euros por la activación del nuevo contrato de prestación de servicios de 29 de mayo del 2014 y de las cláusulas blindadas". Entre otra documentación, el juez reclama a la entidad los acuerdos del consejo de administración de firma del contrato de Nin y su extinción.