El Juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona ha condenado a Bankia a devolver 565.800 euros más intereses a un matrimonio barcelonés al cual vendió acciones y participaciones preferentes entre mayo de 2009 y julio de 2011 sin informarlo de los riesgos que asumía al adquirir los mencionados productos. La Asociación por la Defensa de Afectados para Productos Financieros de Alto Riesgo (APREDEF) ha representado la pareja, que interpuso la demanda por "error en el consentimiento" y alegando que fió sus ahorros al asesor de la sucursal bancaria en la cual llevaban 18 años como clientes pensando que estaban adquiriendo depósitos. La sentencia no ha sido recurrida y ya es firme, según la APREDEF.

En este línea, la sentencia reconoce que la pareja afectada no tenía conocimientos financieros y que depositó todos sus ahorros en participaciones preferentes porque desde la sucursal les aseguraron que se trataba de un producto seguro con una remuneración del 6% anual, amortizable en 3 años y con disposición del dinero invertidos cuando precisaran. "A pesar de su perfil inversor conservador, no se los informó de que las adquisiciones fueran perpetuas, ni tampoco que tenían liquidez inmediata, que no se podía asegurar la recuperación del dinero o que no estaba garantizado por el FROB. En definitiva, desconocían que estaban adquiriendo productos de alto riesgo", según ha explicado la asociación.

Ni experiencia previa ni información debida

En su cuarto fundamento de derecho, la sentencia concluye que "no consta" que la pareja tuviera "previa experiencia en productos agresivos y de riesgo como son las participaciones preferentes". Además, Bankia "no prueba haber informado debidamente" a los afectados "sobre las características de inversión" y "ocultó los riesgos" de adquirir participaciones preferentes. De esta manera, el juez admite la existencia del error en el consentimiento y declara la nulidad de los contratos de adquisición de preferentes.

Con respecto a la adquisición de acciones, la sentencia reconoce también que "la imagen financiera proporcionada" por Bankia a la pareja afectada sobre la solidez de sus productos no fue fiel ni "mínimamente aproximada a la realidad" y por eso la condena "a restituir" el importe total invertido en acciones más los intereses legales.